La Factura Electrónica

E-Factura

La factura electrónica es el equivalente funcional de la factura en papel, que se puede transmitir desde el expedidor al destinatario por medios telemáticos. En términos informáticos, consiste en un fichero con el contenido exigido por ley a cualquier factura, que se puede transmitir de emisor a receptor por medios telemáticos (de un ordenador al otro) y que tiene unas características que aseguran la autenticidad e integridad.

Una factura electrónica es, ante todo, una factura. Tiene los mismos efectos legales que una factura en papel (recordamos que una factura es un justificante de la entrega de bienes o la prestación de servicios).

Las facturas, en general, y las facturas electrónicas en particular, están reguladas por el Real decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento que regula las obligaciones de facturación. Este Reglamento establece las normas que tienen que cumplir obligatoriamente las facturas, tanto en papel como las electrónicas.

Si hasta ahora su uso no estaba muy extendido, a partir del 15 de enero de 2015 será obligatorio facturar electrónicamente a todos los organismos de la Administración Pública, quedando exentas aquellas facturas con importe de hasta 5.000 euros y siempre que así se recoja en la normativa de la propia administración. Se pretende con esta medida, impulsar su uso, no solamente en las grandes empresas sino también entre pymes y autónomos.

Algunas de las ventajas que supone la factura electrónica son el ahorro de costes por el emisor, reducir los tiempos de gestión, la mecanización en su administración y contabilización, y agilizar las transacciones, entre otras ventajas. Siempre bajo la premisa de modernizar la economía y el desarrollo de la Sociedad de la Información.

Os adjuntamos un enlace donde podréis encontrar más información sobre la facturación electrónica y como aplicarla a vuestra empresa:  Factura Electrónica (+)