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El Gobierno aprueba la reforma fiscal con novedades para las empresas
El Consejo de Ministros aprobó el pasado 1 de agosto la reforma fiscal con importantes novedades para las pequeñas y medianas empresas y que entrarán en vigor el próximo 1 de enero de 2015:
• El proyecto de ley fija un nuevo incentivo para las empresas que realicen un mayor esfuerzo en inversiones en I+D. Las que destinen cuantías superiores al 10%, podrán elevar de 3 a 5 millones de euros anuales su importe amortizable por la deducción en I+D. A efectos de esta deducción, se añaden al concepto de innovación tecnológica las actividades de proyectos de demostración inicial o proyectos piloto relacionados con la animación y los videojuegos, hecho que beneficiará a la industria cinematográfica y audiovisual en general.
• Para las empresas, el Impuesto sobre Sociedades incorpora una bajada de la tributación y medidas para fomentar su competitividad. Con el fin de consolidar la aproximación de la fiscalidad a las de las empresas de los países del entorno, el tipo de gravamen general se reducirá desde el 30% al 28% en el 2015, y al 25% en el 2016. Este tipo de tributación del 25% se podrá ver reducido en casi 5 puntos porcentuales, hasta un 20,25%, con la aplicación de dos nuevas reservas contables: la de nivelación y la de capitalización. Ambas reservas permiten reducirse hasta un 10% cada una en la base imponible.
• En cuanto a los emprendedores, la reforma fiscal mantiene el tipo reducido del 15% para las empresas de nueva creación sobre los primeros 300.000 euros de base imponible durante los dos primeros años con beneficios, tributando al 20% el exceso.
• Los autónomos con rendas inferiores a 15.000 euros anuales reducirán sus retenciones de un 21% a un 15% (en vigencia desde el pasado mes de julio). Para el resto de autónomos, la retención se reducirá del 21% al 20% en el 2015 y al 19% en el 2016. La reforma incluye una limitación en 2.000 euros anuales de los gastos de difícil justificación
• En cuando al régimen de estimación objetiva (módulos), destaca que se rebaja el umbral de exclusión de 450.000 a 150.000 de ingresos y de 300.000 a 150.000 euros de gastos, con algunas actividades específicamente excluidas.
Podéis consultar la información completa sobre la nueva reforma fiscal en: minhap.es